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Residentes comunitarios

Los ciudadanos con nacionalidad de alguno de los países que conforman la Unión Europea tienen derecho a residir en cualquier país dentro de la Unión de forma libre. Por supuesto este derecho también es aplicable para su residencia en España.

Residentes comunitarios

Aunque el ciudadano comunitario tiene esa libertad de residencia, la legislación exige que si su estancia se va a prolongar por más de 3 meses, solicite su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. La inscripción en dicho registro es un trámite muy sencillo aunque de obligado cumplimiento para cualquier ciudadano de la UE, así como los ciudadanos de todos aquellos países que cuentan con convenios especiales con España como son: Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza.

El derecho a residencia en el país se circunscribe solo a la residencia. Por tanto, si el ciudadano comunitario, además de residir, desea llevar a cabo alguna actividad de carácter económico deberá realizar otra serie de trámites adicionales, tal y como especifica la ley.

Tanto si va a llevar a cabo la actividad económica por cuenta ajena (es decir, trabajando para otros) como por cuenta propia, deberá cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos, destacamos los más importantes:

  • Es necesario que el ciudadano cuente con una cobertura sanitaria suficiente para sus necesidades en España. La cobertura sanitaria puede ser de carácter público si, por el desempeño de su actividad, tiene derecho a ello o bien a través de la contratación de un seguro médico privado.
  • Reagrupación familiar: Si el ciudadano tiene familiares residiendo con él, la cobertura sanitaria deberá cubrir también las necesidades de estos.

Esta reagrupación es extensible a la familia directa del ciudadano que la solicita, es decir: cónyuge o pareja sentimental en situación similar, descendientes directos y ascendientes directos.

Para que esta reagrupación sea aceptada, además de la cobertura sanitaria, deberán contar con los medios económicos suficientes para su subsistencia en el país.

Si desea residir en el país y/o llevar a cabo una actividad económica en el mismo y cuenta con la nacionalidad de algún país perteneciente a la UE o bien de alguno de los países con convenios especiales, podemos ayudarle a realizar todas las gestiones necesarias para obtener los permisos que la ley exige.

Asimismo, si desea agrupar a sus familiares en el país, también podremos encargarnos de realizar todos los trámites necesarios para que su estancia en el país sea legal.

Desde nuestro despacho de abogados de extranjería de Sevilla, le asesoraremos y llevaremos a cabo todas las gestiones necesarias por usted. Contacte con nosotros para iniciar los trámites lo antes posible. Le atenderemos de forma personalizada y ágil.

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